Convenio eclass beneficio para nuestros asociados
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ECLASS LIMITADA Y FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DE CHILE (FENASENF)
En Santiago, a 14 de Octubre 2016, entre ECLASS LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 76.140.370-2, representada legalmente por María José Gutiérrez Correa , cédula de identidad Nº 13.548.301 – K, ambos domiciliados en calle Carmencita 25, of 21 comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en adelante “ECLASS”, por una parte; y por la otra, la FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DE CHILE, Rol Único Tributario Nº 65.056.246-1 representada legalmente por doña Magaly Valeria Miranda Ávila, cédula de identidad N° 10.823.577-2, ambos domiciliados en Calle Rosas 1190 Departamento 711, comuna de Santiago, en adelante indistintamente “FENASENF”, se ha convenido lo siguiente:
PRIMERO: ECLASS por el presente Convenio, y durante toda su vigencia, se obliga a entregar, los beneficios que más adelante se detallan, a todos los asociados a FENASENF –en adelante, los “asociados”-, extensivo a su cónyuge e hijos, que ingresen a cualquier programa de especialización en ECLASS en régimen 100% online y/o semipresencial:
- 10% de descuento en el valor total de los diplomados impartidos por la universidad de los Andes en alianza con eClass.
- *20% de descuento en el valor total de los diplomados impartidos por la universidad de los Andes en alianza con eClass, si el número de participantes para el diplomado es igual o mayor a 10 personas (* Es requisito para poder optar al diplomado tener título profesional. – Las 10 personas deben entrar al mismo diplomado en la misma fecha de inicio. – Las 10 personas que toman el diplomado obtienen el 20% de descuento.)
- Condiciones de pago:
- Hasta 08 cheques sin interés, el primero al día.
- Tarjetas de crédito bancarias, en la cantidad de cuotas a convenir con su banco.
- Transferencia y depósito por el total de la especialización.
- Tarjetas de crédito comerciales Ripley y Presto en las cuotas que el comercio tenga vigente.
- Código convenio marco diplomado “Gestión de Organizaciones de Salud Públicas y Privadas” ID 1344893.
SEGUNDO: Los beneficios descritos en la cláusula anterior, estarán sujetos a las siguientes condiciones y limitaciones:
- Son de carácter personal e intransferible, y podrán hacerse valer sólo por el periodo máximo de duración formal de la especialización en que se hagan efectivos.
- No serán acumulables con otros descuentos y/o becas de que pudiera ser beneficiario el alumno respectivo, en virtud de cualquier otro convenio celebrado entre las mismas partes o entre eClass y un tercero.
- No será aplicable a carreras impartidas en la Universidad de los Andes ni programas de Postgrados no descritos específicamente en este convenio y que puedan ser impartidos durante la vigencia del mismo por la Universidad.
- Será requisito esencial e indispensable para optar a los beneficios ofrecidos, que el postulante al momento de la matrícula acredite fehacientemente ser asociado, o tener la calidad de cónyuge o hijo del mismo, debiendo acreditar dicha circunstancia con el correspondiente certificado otorgado por FENASENF, junto a los respectivos certificados de matrimonio o nacimiento, según corresponda.
- Será causal de pérdida inmediata de los beneficios otorgados en virtud del presente convenio:
- El incumplimiento de las exigencias reglamentarias de eClass o ser sancionado de conformidad al mismo;
- La presentación de documentos o información alterada,
- Solicitar la suspensión temporal de los estudios.
CUARTO: Las partes manifiestan expresamente que, los beneficios, productos y/o servicios indicados en la cláusula primera podrán ser modificados, por acuerdo escrito entre las partes, en cualquier momento mientras permanezca vigente el presente convenio.
QUINTO: FENASENF, con el fin de contribuir a la ejecución y difusión del presente Convenio, se compromete a publicitar e informar a sus asociados las características de éste, los beneficios y servicios que contempla, a fin de que los interesados accedan a ellos en forma expedita y oportuna, según los mecanismos o procedimientos autorizados por FENASENF consistente en:
– El envío de un mail tipo proporcionado por eClass que será enviado el mes anterior y 2 semanas antes del inicio de las clases del curso/diplomado a toda la base de FENASENF (app 3000 correos electrónicos).
– Publicación de los beneficios en su portal web.
– Difusión en sus boletines electrónicos.
– Inclusión de link con la información de las especializaciones en su portal web.
ECLASS se compromete, previo al inicio de cualquier curso o diplomado, a entregar a los usuarios toda la información referida a:
- Fechas, horarios y duración del programa.
- Dirección y/o lugar de clases.
- Duración y características de las especializaciones.
SEXTO: Para una correcta administración del convenio, las partes designan como coordinadores de éste, a los siguientes encargados:
Por FENSASENF: XXXXXXXXXX MAIL; TELEFONO
Por ECLASS: Loreto Arcaya, coordinadora de admisión larcaya@eclass.cl +56 2 29509365, quien será responsable de resolver dudas y recepcionar las postulaciones de los interesados.
SEPTIMO: La celebración del presente Convenio no implica por parte de FENASENF, la obligación de asumir ningún tipo de responsabilidad por los costos, reservas o deudas generadas por los asociados, su cónyuge o sus hijos, al hacer uso de los beneficios ofrecidos por la Universidad, los que serán de cargo exclusivo de cada beneficiario.
OCTAVO: Las condiciones contenidas y estipuladas en el presente convenio serán las únicas que rijan las relaciones entre las partes en lo que se refiere a las materias aquí tratadas y reemplazan todo y/o cualquier otro convenio o acuerdo celebrado con anterioridad sobre la misma materia.
NOVENO: El presente Convenio tendrá una vigencia de 6 meses, a contar de la fecha de suscripción del mismo y se renovará tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguna de las partes manifiesta a la otra su intención de ponerle término con al menos 30 días corridos de anticipación al vencimiento original o prorrogado.
Con todo, cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al presente convenio, sin expresión de causa, mediando el correspondiente aviso por escrito a la otra, enviado al domicilio señalado en la comparecencia con al menos 30 días hábiles de anticipación a la fecha de expiración, sin que dicho término afecte la relación contractual existente entre los asociados o sus cargas que se encuentren cursando estudios en eClass en virtud de este Convenio, y hasta el término efectivo de los mismos.
DÉCIMO: Para todos los efectos legales derivados del presente convenio, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
UNDÉCIMO: Las partes firman el presente Convenio en señal de aceptación de todas sus cláusulas, en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada una.
DUODÉCIMO: La personería de doña MAGALY VALERIA MIRANDA ÁVILA para actuar en representación del FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DE ENFERMERAS Y ENFERMEROS DE CHILE (FENASENF), consta de certificado N° 1312/2016/207 otorgado por la Dirección del Trabajo, suscrito por la jefa de División de Relaciones Laborales, doña Wendoling Silva Reyes, emitido con fecha 08 de Marzo de 2016.
La personería de doña María José Gutierrez para comparecer en representación de ECLASS LIMITADA consta en la escritura pública otorgada con fecha 12 de Julio de 2013, ante Notario público Titular don Alberto Mozó Aguilar.

