Comunicado por Modificación Código Sanitario

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Santiago, 28 de Septiembre de 2017

A las Enfermeras, Enfermeros y Estudiantes de Enfermería de Chile

De nuestra consideración como, Colegio de Enfermeras de Chile A.G., ACHIEEN, FENASENF y FENEECh, les exponemos lo siguiente:

  1. Con fecha de hoy, se llevó a cabo reunión citada por el Ministerio de Salud, con participación de los Colegios Profesionales del área de la Salud, con el propósito de informar oficialmente, la intención del ejecutivo de modificar el Artículo 112 del Código Sanitario, en lo relativo al Ejercicio de la Medicina y las Profesiones
  2. La primera modificación propuesta pretende incorporar, en el primer inciso, el total de las profesiones que concurren a la atención en salud,  Medicina, Odontología, Química y Farmacia, Enfermería, Matronería, Kinesiología, Terapia Ocupacional, Nutrición y Dietética, Psicología, Bioquímica,  Fonoaudiología,  Tecnología Médica y Medicina Veterinaria,  en lugar de solo considerar  “Medicina, Odontología, Química y Farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud” (DFL n 725, 1967).
  3. La segunda modificación que se propone, rige el ámbito de desempeño de todas las profesiones antes mencionadas, a través de uno o más  reglamentos emitidos por el Ministerio de Salud de Chile, otorgando a dicha autoridad el poder de determinar y delimitar, las acciones derivadas del quehacer profesional de las respectivas carreras,  pudiendo modificar  estos reglamentos, inclusive  cuando ella  lo estimara
  4. Celebramos la intención de otorgar un  reconocimiento  a las Carreras Profesionales del área de la Salud, nombrando expresamente a Enfermería, Matronería, Kinesiología, Terapia Ocupacional, Nutrición y Dietética, Psicología, Bioquímica, Fonoaudiología, Tecnología Médica y Medicina Veterinaria en la propuesta de modificación para el primer inciso del artículo 112 del Código Sanitario.
  5. Sin perjuicio de lo anterior, damos a conocer nuestra disconformidad, rechazando enfática y rotundamente, que se pretenda regular el ámbito de desempeño de las profesiones señaladas, a través de uno o más reglamentos emitidos por el Ministerio de Salud de Chile, ya que esto no da la certeza jurídica a los pacientes, ni a los profesionales, siendo además contrario al derecho de la protección de la salud de las personas, poniendo en riesgo la salud y el bienestar de las familias de Chile.

 

Sin otro particular, se despide

Conglomerado Enfermería Chilena

COMUNICADO Oficial Codigo Sanitario

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