EL ACOSO Y LA VIOLENCIA NO PUEDEN SEGUIR SIENDO PARTE DE LOS AMBIENTES DE TRABAJO

Noticias, Noticias de interés general, Noticias FENASENF

 

  • La reciente ratificación de nuestro país al convenio 190 de la OIT, permitirá luchar de mejor manera contra el abuso y acoso en ambientes laborales. Para la Directora Ejecutiva de FENASENF y encargada del departamento de Género, Claudia González, esto marcará un antes y un después en la forma que nos relacionamos en el trabajo, pero por sobre todo, en la manera que abordamos una investigación o acusación al respecto.
  • Los convenios de la OIT son tratados internacionales y están sujetos a ratificación por los Estados miembros. Se trata de instrumentos que crean obligaciones jurídicas para los países que los han ratificado, como es el caso de Chile.

 

El instrumento, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo el 21 de junio de 2019, busca establecer la protección de los trabajadores y de las trabajadoras del sector público y privado, frente a la violencia y el acoso que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo, o bien, como resultado del mismo.

La violencia y el acoso en el mundo laboral designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género.

Según la Directora Ejecutiva de FENASENF, Claudia González, la estadística actual da cuenta que el 25% de las denuncias que llegan a la Dirección del Trabajo son de acoso sexual y el 92% de estas son realizadas a mujeres, el resto es acoso laboral. “Nosotras que trabajamos en el sector público, hemos detectado que los procesos son muy lentos, tanto así que muchos terminan prescribiendo, sin castigo al victimario/a y con una sobre exposición de la persona afectada. Todas, situaciones que deberían cambiar después de la ratificación de nuestro país con este convenio”.

¿Cuáles son los alcances de la ratificación de este convenio?

Es la primera normativa internacional que aborda la violencia y acoso a nivel laboral.

Ya fue firmado y ahora viene la creación del documento que permitirá adaptarlo a nuestro país. Participarán en ese proceso el Ministerio del Trabajo, representantes de los trabajadores públicos y privados.

La OIT indica que en la definición y aplicación de la normativa debe considerarse a todo trabajador, independiente de su condición contractual. También incluye a pasantes y aprendices, es decir estudiantes en práctica, e incluso a los trabajadores despedidos.

Se deberá crear orientaciones normativas, que faciliten el acceso a la denuncia, reparación y solución de los conflictos.

Se protegerá la confidencialidad y privacidad del proceso, para evitar lo que hoy sucede, que muchas veces el o la afectada termina revictimizándose, producto de la visibilizarían pública de la situación.

¿Existe, actualmente, alguna normativa para las empresas o servicios públicos respecto a este tipo de situaciones en el ambiente laboral?

En lo que nosotras conocemos, como enfermeras, existen indicaciones y protocolos definidos, pero en la mayoría de los servicios de salud no se han implementado. Por ejemplo, actualmente no hay sanciones definidas y este convenio sugiere prever ello.

Antes había que demostrar que la victima era tal y que había alguien que ejercía violencia. Ahora es al revés, el victimario es quien deberá demostrar que no ha ejercido violencia o acoso sobre la victima que acusa.

Además, algo importante que agrega este convenio, es que se incluya el enfoque de género.

De alguna forma, lo que trae la ratificación del convenio 190 de la OIT, es que lleva a realizar un trabajo preventivo, a intervenir, reparar y prever sanciones, comenta Claudia González.

Por su parte, la vicepresidenta de Fenasenf, Magaly Miranda, declara que “en Chile desde el año 2015 contamos con el instructivo presidencial de ‘Buenas Prácticas Laborales’ que emite el Servicio Civil, de éste se extraen las directrices para formular las políticas de desarrollo de las personas, que cada establecimiento público debe tener actualizado y últimamente la elaboración del protocolo MALS (Maltrato, Acoso Laboral y Sexual). Sin embargo, son pocos los servicios de salud que lo han implementado.

Existen los mecanismos para establecer la responsabilidad administrativa de quien maltrata, pero no existe la voluntad para reconocer que en el área hospitalaria existe una cultura de maltrato. Se normalizan ciertas conductas y se produce dilación de las etapas investigativas a través de estrategias de contrademanda.

De este modo, las personas que deciden hacer las denuncias han tenido que esperar hasta 3 años que el proceso administrativo cumpla sus etapas y finalmente se apliquen las sanciones que corresponden.

Por otro lado, la falta de formación y capacitación de los equipos de salud en esta materia hace muy difícil reconocer los signos de maltrato y acoso.

La ratificación de este convenio es un gran paso para nuestro país, ya que obliga a diseñar un trabajo preventivo, a intervenir y reparar en caso de que se haya ejercido violencia.