CORTE SUPREMA CONFUNDE SERVICIOS DE SALUD CON HOSPITALES Y FALLA EN CONTRA DE ENFERMERAS
En el intento de evitar la desarticulación de la estructura de enfermería en el Hospital de Puerto Montt, FENPRUSS y el Colegio de Enfermeras de Chile A.G. presentaron recursos de protección ante la Corte de Apelaciones local en junio de este año, los que fueron rechazados.
Ante apelación de las mismas organizaciones a la Corte Suprema, ésta ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, pero, además, se pronunció, en un desprolijo informe, sobre la Gestión del Cuidado y las atribuciones de los directores de hospitales.
En este sentido, llama la atención que la Corte Suprema confunda los Servicios de Salud con Hospitales, al mencionar, como definición de las atribuciones del Director de Hospital, las funciones del Director del Servicio de Salud.
El documento emitido por la Corte Suprema, además, releva una norma por sobre la ley al mencionar un Decreto que entrega totales atribuciones al Director, sin considerar lo contemplado por ley en relación a las limitaciones de esas atribuciones.
La Corte Suprema reconoce las facultades de los Directores de los Hospitales, pero omite referirse a que estas atribuciones deben estar en concordancia con las políticas y normas técnicas que el Ministerio de Salud imparte al respecto.
FENASENF ha iniciado un trabajo con sus asesores jurídicos, para iniciar acciones que espera llevar a cabo junto al Colegio de Enfermeras y a las otras organizaciones de Enfermería, porque hoy más que nunca se requiere de la unión de todas las enfermeras y enfermeros del país.
Hacemos un llamado a la unión de todas las enfermeras y enfermeros del país a mantener la convicción de que la Gestión del Cuidado de Enfermería es la que permite la mejor administración de los recursos en beneficio de nuestra población.
Contacto