Importantes acuerdos en Asamblea Nacional que se realizó en Viña del Mar
Dirigentes de Arica a Puerto Natales se reunieron en la reunión de la Federación, que tuvo como anfitriones a la ASENF de Viña del Mar.
En la ocasión recibimos el saludo presencial del Seremi de Salud, Francisco Álvarez Román y del Senador Ricardo Lagos Weber. Contamos también con la ilustre visita de la Presidenta del Colegio de Enfermeras de Chile, María Angélica Baeza, quien ratificó la unidad de las organizaciones de enfermería del país.
La contingencia hizo necesario atender un tema reconocido por nuestra profesión y nuestro gremio y que responde a los aspectos de ilegalidad de la normativa ministerial por la que nuestra organización solicitó pronunciamiento de Contraloría General de la República en el año 2014, que dio origen al Dictamen N° 46.357, por lo que hoy ya no es tema la desinformación, confusión o imprecisiones que circularon el año 2015.
Con el último pronunciamiento de la Contraloría, a través del dictamen N°13.728 de este año, que responde a la solicitud de reconsideración realizada por el Colegio de Matronas y el propio Ministerio de Salud, el ente Contralor responde, de manera contundente, que la Norma General Administrativa N°21/2010 no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 117 del Código Sanitario, pues en ella se otorgan funciones a las matronas y matrones que exceden su ámbito de acción legal, ya que sus servicios profesionales se basan en la atención de la mujer en las etapas de embarazo, parto y puerperio, y del recién nacido, en situaciones normales, es decir, ausente de patologías que precisen acciones médicas o de cuidado especializado.
La Asamblea FENASENF ha votado esta línea de acción, abordándola a través un proceso ordenado, sistemático y respetuoso -y no por ello menos enérgico- para exigir al Ministerio de Salud cumpla lo indicado por la Contraloría General de la República y mandata a mantener el trabajo coordinado de las organizaciones de enfermería del país, que junto a las/os enfermeras/os en formación, constituyen la fuerza social más poderosa de los estamentos profesionales de la salud, con cerca de cien mil ciudadanas/os.
Reconocemos la institucionalidad de los órganos del estado, en este caso del MINSAL, en su facultad rectora de emitir las normativas y reglamentos necesarios para la mejor administración y regulación de los servicios de salud, la que obviamente debe ajustarse a lo que establece el Código Sanitario (la Autoridad Sanitaria y Ley de derechos y deberes de los pacientes). Por otro lado, exigimos respetar la facultad del ente contralor para fiscalizar y velar que dichos instrumentos cumplan con los lineamientos legales vigentes, más allá de los intereses particulares de grupos específicos.
